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Puerto Madryn

Taccari impulsa proyecto de beneficios tributarios por 4 años para nuevos emprendimientos

El concejal del bloque Juntos por el Cambio, Gastón Cuis Taccari, presentó un proyecto de ordenanza que busca crear el Régimen Municipal de Promoción de Nuevos Emprendimientos y Economías Familiares, una herramienta orientada a reducir la carga tributaria durante los primeros años de vida de los pequeños emprendimientos que se inicien dentro del ejido de Puerto Madryn.

por REDACCIÓN CHUBUT 03/10/2026 - 19.45.hs

La iniciativa apunta tanto a quienes emprenden como fuente de ingresos para su economía familiar como a aquellos negocios que, desde su inicio, generan al menos un puesto de trabajo adicional. El proyecto establece dos categorías de beneficiarios según su escala económica, medida en Módulos IB. Por un lado, los emprendimientos de economía familiar y autoempleo podrán facturar hasta 6.000 Módulos IB anuales para acceder al régimen.

 

Por otro, aquellos que incorporen al menos un trabajador formal adicional al titular podrán alcanzar un tope de facturación más alto, de hasta 10.000 Módulos IB anuales si el empleo es de tiempo completo, o de hasta 8.000 si se trata de un puesto de jornada reducida. Quedan expresamente excluidas del régimen las entidades financieras, compañías de seguros, casinos, grandes superficies comerciales, empresas de explotación de hidrocarburos y parques de generación de energía que superen la escala de pequeño emprendimiento.

 

El corazón del proyecto está en los beneficios tributarios que otorga, que alcanzan al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la Tasa por Habilitación, Inspección, Seguridad e Higiene y Control Ambiental, y el Derecho de Habilitación Municipal correspondiente al inicio de la actividad. Estos beneficios se aplican de manera decreciente a lo largo de cuatro años: exención total durante el primer año de actividad, 50% de exención en el segundo año, 25% en el tercero, y a partir del cuarto año el emprendimiento queda incorporado plenamente al régimen tributario general. Además, la primera habilitación municipal del nuevo emprendimiento queda eximida del pago del Derecho de Habilitación, aunque esto no implica ninguna flexibilización de los requisitos técnicos, sanitarios o de seguridad exigidos para habilitar.

 

Un aspecto central del proyecto es la definición estricta de qué se considera un “nuevo emprendimiento”, con el objetivo de evitar maniobras para acceder al beneficio de manera indebida. La ordenanza aclara que no podrán acceder al régimen la transferencia de un negocio preexistente, el simple cambio de titularidad o razón social de una actividad que continúa funcionando en las mismas condiciones, ni la fragmentación o reorganización artificial de una actividad ya existente con el fin de aparentar un inicio nuevo. En caso de comprobarse falsedad en la información presentada o un uso fraudulento del régimen, el proyecto prevé la caducidad del beneficio, el pago del impuesto omitido con sus intereses, una multa equivalente al doble de ese impuesto, y la exclusión del Registro de Beneficiarios.

 

Para su implementación, el proyecto crea el Registro Municipal de Nuevos Emprendimientos y Economías Familiares, donde deberán constar los datos del titular, la actividad desarrollada, la fecha de inicio, la facturación declarada y la cantidad de trabajadores registrados, entre otra información. 

 

 

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