Taccari presentó un proyecto para exigir antecedentes penales y declaración jurada de integridad a proveedores del Municipio
El concejal Gastón Cuis Taccari, presidente de la Departamental Viedma del PRO, ingresó al Concejo Deliberante de Puerto Madryn un proyecto de ordenanza que busca establecer un régimen general de integridad, transparencia y prevención de conflictos de intereses para todos aquellos proveedores, contratistas y concesionarios que mantengan relaciones contractuales con el Municipio.
por REDACCIÓN CHUBUT 29/08/2026 - 20.12.hs
Entre sus principales disposiciones, la iniciativa exige la presentación de antecedentes penales y de una declaración jurada de integridad como requisito para contratar con el Estado municipal.
El proyecto establece que no podrán contratar con la Municipalidad, ni participar como oferentes o adjudicatarios, aquellas personas que registren una condena penal firme por delitos considerados especialmente incompatibles con la contratación pública. Entre ellos, la iniciativa menciona delitos contra la Administración Pública, cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude contra la Administración, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, narcotráfico, trata de personas, evasión impositiva y robo, entre otros que podrá definir la reglamentación.
La propuesta alcanza a un amplio universo de actores: proveedores de bienes y servicios, contratistas de obras públicas, participantes de licitaciones y concursos de precios, contratistas por contratación directa, concesionarios de servicios públicos o de bienes municipales, permisionarios, licenciatarios y también uniones transitorias de empresas y consorcios que pretendan vincularse contractualmente con el Municipio. En el caso de las personas jurídicas, el proyecto extiende las exigencias de integridad a sus representantes legales, administradores, directores, socios con control efectivo y beneficiarios finales.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la obligación de presentar una Declaración Jurada de Integridad, mediante la cual quienes contraten con el Municipio deberán manifestar que no ofrecieron ni entregaron beneficios indebidos a funcionarios públicos, que no celebraron acuerdos para restringir o alterar la competencia, y que informarán cualquier situación que pueda constituir un conflicto de intereses. El proyecto también exige identificar a los beneficiarios finales de las personas jurídicas, con el objetivo declarado de evitar el uso de estructuras societarias para ocultar vínculos o situaciones de incompatibilidad.
La iniciativa incorpora, además, un capítulo específico sobre prevención de conflictos de intereses, que obliga a los funcionarios y agentes municipales alcanzados por esta situación a abstenerse de intervenir en los procedimientos de contratación correspondientes. En ese mismo sentido, se exige a oferentes, proveedores y concesionarios informar la existencia de vínculos relevantes con funcionarios municipales, autoridades superiores, concejales o cualquier persona con capacidad de decisión sobre la contratación.
En materia de transparencia, el proyecto obliga al Municipio a publicar en sus medios oficiales la información esencial de cada contratación: el objeto, el procedimiento utilizado, el presupuesto oficial, el monto adjudicado, la identidad del adjudicatario, los plazos de ejecución, las modificaciones contractuales, las prórrogas y las sanciones aplicadas, entre otros datos. También prohíbe expresamente el fraccionamiento artificial de contrataciones con el fin de eludir los procedimientos de selección que correspondan según el monto o el objeto de la contratación.
El texto contempla un régimen de sanciones ante los incumplimientos, que van desde el apercibimiento y la suspensión o exclusión del Registro de Proveedores hasta la aplicación de multas, la rescisión contractual, la pérdida de garantías y la inhabilitación para contratar con el Municipio, siempre garantizando el derecho de defensa en cada procedimiento.
El proyecto establece que, de aprobarse, el Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la ordenanza a partir del 1° de enero de 2027, y que sus disposiciones se aplicarán tanto a las nuevas contrataciones como, en la medida de lo jurídicamente posible, a las renovaciones y prórrogas de contratos y concesiones vigentes.
Más Noticias