El Tribunal de Disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) comunicó el fallo decidido a causa del pasillo de Estudiantes a Rosario Central: suspendió por seis meses de “toda actividad relacionada con el fútbol” al presidente del Pincha, Juan Sebastián Verón, y les aplicó una sanción de dos fechas a los jugadores implicados en el gesto de protesta al Canalla, al comienzo del Torneo Apertura 2026.
De esta manera, podrán ser considerados para el duelo de este sábado desde las 21:30 ante Central Córdoba en Santiago del Estero por los cuartos de final del Clausura.
Por otro lado, Santiago Núñez, capitán del Pincha, no podrá llevar la cinta durante los próximos tres meses; mientras que el club platense deberá pagar una multa económica “por conducta ofensiva y violación a los principios del juego limpio, al haberse desnaturalizado el pasillo de homenaje al campeón mediante gestos colectivos de desprecio”.
LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
1°) SANCIONAR al presidente del Club Juan Sebastián Verón con una suspensión de SEIS (6) meses para toda actividad relacionada con el fútbol, por infracción al art. 12 del Código Disciplinario.
2º) SANCIONAR con DOS (2) FECHAS DE SUSPENSIÓN a los jugadores del Club Estudiantes de La Plata que participaron del pasillo de homenaje y adoptaron la conducta reprochada, individualizados en las presentes actuaciones —entre ellos Muslera Micol Néstor Fernando, Gómez Román Agustín, Núñez Santiago Misael, Palacios Tiago Asael, Farías Facundo Hernán, González Pírez Leandro Martín, Arzamendia Santiago Daniel, Cetre Angulo Edwuin Stiven, Piovi Lucas Ezequiel, Medina Cristian Nicolás y Amondarain Mikel Jesús, por infracción al art. 12 del Código Disciplinario.
3º) DISPONER que las suspensiones impuestas en el punto 2º se computarán en el PRÓXIMO torneo oficial en el que el Club Estudiantes de La Plata intervenga con su plantel profesional masculino, debiendo cumplirse sobre la base de partidos efectivamente disputados por el equipo, y de modo tal que la sanción resulte proporcionada y no afecte la integridad de la competición en curso.
4º) IMPONER al jugador Nº 6 NÚÑEZ SANTIAGO MISAEL, capitán del primer equipo del Club Estudiantes de La Plata, además de la sanción establecida en el punto anterior, la PROHIBICIÓN DE EJERCER LA FUNCIÓN DE CAPITÁN de cualquier equipo oficial del citado club por el término de TRES (3) MESES, como medida accesoria fundada en su especial condición de liderazgo y en las facultades disciplinarias de este Tribunal.
5º) SANCIONAR al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA con multa de CUATRO MIL (4.000) v.e., por conducta ofensiva y violación de los principios del juego limpio, al haberse desnaturalizado el pasillo de homenaje al campeón mediante gestos colectivos de desprecio, en los términos del art. 12 del Código Disciplinario.
6º) DISPONER la continuación de las presentes actuaciones respecto de los restantes miembros de la Comisión Directiva del Club Estudiantes de La Plata, a fin de determinar, en su caso, las responsabilidades disciplinarias que pudieran corresponderles en relación con los hechos investigados.