El Concejo Deliberante actualizó la normativa para ordenar la venta ambulante en Puerto Madryn
El Concejo Deliberante de Puerto Madryn aprobó ayer por mayoría una nueva ordenanza que regula integralmente la actividad de venta ambulante en la ciudad, derogando así la normativa anterior vigente desde hace más de una década. La medida responde a los profundos cambios sociales, urbanos y comerciales ocurridos en los últimos años, y busca establecer reglas claras para formalizar la actividad, preservar el uso ordenado del espacio público y garantizar condiciones de higiene y seguridad tanto para quienes venden como para quienes compran.
por REDACCIÓN CHUBUT 03/07/2025 - 20.32.hs
Entre los aspectos más relevantes del nuevo marco normativo se establece que toda persona interesada en ejercer la venta ambulante deberá cumplir una serie de requisitos para obtener la habilitación municipal. Entre ellos, ser mayor de edad, estar inscripto en la agencia tributaria ARCA, contar con carnet de manipulación de alimentos (en caso de productos comestibles), presentar los formularios y documentación exigida por la Municipalidad, y abonar el canon correspondiente. Además, si la actividad se realiza con carro o bicicleta, deberá presentarse una foto del equipo, con identificación visible y un acta de inspección que avale sus condiciones sanitarias y técnicas.
HABILITACIONES
La reglamentación especifica con detalle las características técnicas que deben reunir los carros utilizados para esta modalidad de comercio. Las medidas no pueden superar 1,50 metros de largo, 0,80 de ancho y 1,50 de alto. Deben estar fabricados con materiales resistentes y fáciles de limpiar, carecer de motor y contar con ruedas que no dañen la superficie, en especial en zonas de arena. Además, deben tener visible la credencial de habilitación municipal y el nombre del permisionario.
Por otro lado, se introduce condiciones especiales para carros que cocinen o calienten alimentos: se exige un matafuego, uso de garrafas correctamente instaladas con reguladores homologados, jaulas de seguridad para los cilindros, y prohíbe frituras y brasas por riesgo sanitario. Estos alimentos deberán ser previamente autorizados por la autoridad bromatológica.
En cuanto a los productos autorizados, se permite la venta de alimentos, artículos de playa, indumentaria, bijouterie artesanal, globos, plantas, tejidos, figuras de algodón y maquillaje aprobado por ANMAT, entre otros. El artículo 10º, en cambio, prohíbe la venta ambulante de bebidas alcohólicas, productos inflamables, pirotecnia, medicamentos y sustancias prohibidas.
ZONAS HABILITADAS
Las zonas habilitadas para la venta incluyen toda la franja costera entre el muelle Piedra Buena y el Monumento al Indio Tehuelche, los balnearios dentro del ejido y los barrios residenciales. Sin embargo, queda prohibida esta actividad en el centro de la ciudad (área delimitada por Yrigoyen, 9 de Julio, Roca y Alvear) y en cercanías a escuelas, hospitales, bancos, paradas de colectivos o comercios con rubros similares, dentro de un radio determinado.
El permiso será personal e intransferible y tendrá validez por tres meses en temporada alta (diciembre a febrero) y nueve meses en temporada baja (marzo a noviembre). Quienes lo obtengan deberán vestir indumentaria adecuada, con identificación del comercio al que pertenezcan si corresponde, y mantener una correcta higiene tanto personal como del carro.
SISTEMA DE BENEFICIOS
Uno de los puntos más destacados de la nueva normativa es la creación de un sistema de beneficios económicos. Por un lado, se establecen incentivos para comercios habilitados que gestionen múltiples permisos durante la temporada de verano (Artículo 24). Y por otro, se prevé una bonificación especial en el canon para personas con residencia comprobada en la ciudad desde hace al menos un año (Artículo 25), con el fin de priorizar el empleo local y desalentar la saturación del espacio público por vendedores itinerantes de otras localidades.
Finalmente, el texto habilita a la Dirección de Inspecciones Generales de la Municipalidad a realizar controles y aplicar sanciones en caso de incumplimiento, incluyendo la incautación de carros no habilitados.
Con esta ordenanza, el Ejecutivo local busca reordenar una actividad que representa una fuente de trabajo para muchas personas, promoviendo condiciones más equitativas, seguras y acordes al desarrollo urbano actual de la ciudad.
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