Condenas en Chubut por delitos de la dictadura: cinco sentencias por crímenes de lesa humanidad
El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia dictó condenas de hasta once años de prisión por crímenes de lesa humanidad cometidos en 1976 en el Regimiento de Infantería 8, declaró la imprescriptibilidad de los hechos e impuso inhabilitaciones perpetuas.
por REDACCIÓN CHUBUT 19/12/2025 - 09.04.hs
El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia dio a conocer el jueves pasado el veredicto en una causa por crímenes de lesa humanidad vinculados al terrorismo de Estado. La investigación abordó allanamientos ilegales, privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos ocurridos en 1976 en el Regimiento de Infantería 8 de esa ciudad.
El tribunal estuvo presidido por la jueza Ana María D’Alessio y conformado por los vocales Enrique Baroneto y Alejandro Cabral. El Ministerio Público Fiscal intervino a través del fiscal Teodoro Nürnberg.
En su fallo, los jueces establecieron que los hechos juzgados constituyen crímenes de lesa humanidad conforme al derecho internacional. Para ello se apoyaron en resoluciones de la Organización de las Naciones Unidas, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, el Estatuto de Roma y el artículo 118 de la Constitución Nacional. En ese marco, rechazaron los planteos de prescripción presentados por las defensas.
El TOF condenó a Mario Enrique Pérez a siete años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua, accesorios legales y costas, al considerarlo responsable de allanamientos ilegales y de privaciones ilegítimas de la libertad agravadas por severidades, vejaciones y tormentos. Entre las víctimas se encuentran Eloíso Quintero, Jorge Morgavi, Valentín Casas, Héctor Bautista Quintero, Raúl Gallardo, Luis Noya y César Roberto Vivar.
También fue condenado Francisco Olegario Sevilla a seis años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y costas, en calidad de partícipe necesario de delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por vejaciones y tormentos.
Raúl Pantaleón Cruz recibió la pena más alta: once años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y costas, como partícipe necesario de quince hechos de privación ilegítima de la libertad agravada por tormentos, cometidos contra múltiples víctimas.
Asimismo, el tribunal impuso a Alfredo Pablo Licey una condena de tres años y seis meses de prisión, junto con inhabilitación especial para ejercer funciones públicas, por privaciones ilegítimas de la libertad agravadas por violencia. En tanto, Eduardo Alberto Rodríguez fue sentenciado a tres años y seis meses de prisión como partícipe secundario de dos hechos de privación ilegítima de la libertad.
Por otro lado, el TOF resolvió la absolución de varios imputados por falta de acusación fiscal o por insuficiencia de pruebas, entre ellos Alfredo Biselli, Rafael Manuelides y Fernando Julio Pedernera, ordenando el cese inmediato de cualquier restricción que pesara sobre ellos.
Además de las penas, el tribunal dispuso que los condenados mantengan actualizado su domicilio, informen cualquier cambio y comparezcan ante cada requerimiento judicial. También levantó las restricciones sobre bienes inmuebles vinculados a la causa, aunque ordenó su preservación como sitios de memoria.
Finalmente, se fijó la audiencia de lectura de los fundamentos de la sentencia para el 13 de febrero de 2026, a las 13:00 horas, en la sede del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia.
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